Opinión, Arte y Diseño Web por Rafael Torres




Archivos de February, 2008

Lanzamiento de Licencias Creative Commons Puerto Rico

Lanzamiento de Licencias Creative Commons Puerto Rico (foto por Joi Ito)
Foto por Joi Ito.

El pasado viernes 22 de febrero la organización Creative Commons Puerto Rico lanzó oficialmente el abanico de licencias Creative Commons adaptadas específicamente para nuestra isla. Esto convierte a Puerto Rico en uno de 44 países del mundo que han adoptado dichas licencias. Anteriormente, las personas en Puerto Rico que quisieran utilizar una de estas licencias para sus obras debían escoger de entre las licencias genéricas, pero hoy las licencias de Puerto Rico ofrecen una fundación más fuerte en dónde apoyar nuestros trabajos, ya que las mismas se han ajustado para ser mucho más compatibles con las leyes de aquí.

¿Qué cambió? Entre otros, el cambio más grande probablemente fue la adición de los llamados derechos morales. En la primera reunión que la organización convocó hace año y medio, Hiram Meléndez, ex-director de la Clínica de Derecho Cibernético de la UPR y uno de los fundadores del proyecto en Puerto Rico, explicó que este sería uno de los puntos que más examen iba a requerir para poder ajustar las licencias a las leyes de Puerto Rico. Según puedo leer en el texto de las licencias, se determinó que las mismas no alteran estos derechos morales.

La actividad de lanzamiento, que se llevó a cabo en la Escuela de Derecho de la UPR, contó con charlas por parte de Hiram Meléndez, Chloe Georas (actual directora de la Cyberclinic) y Carlos González Yanes, entre otros. Además participaron Joichi Ito, presidente de la junta directiva de Creative Commons y Catharina Maracke, directora de Creative Commons International, quién explicó algunos procesos de corte que han demostrado la validez de las licencias.

Pueden ver algunas fotos de la actividad en Flickr. Además el blog de Creative Commons PR tiene algunos enlaces adicionales, incluyendo otras reseñas de la actividad.

De paso, ahora GuerrillaPop está bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin obras derivadas 3.0 Puerto Rico.

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Cómo Activar el iPhone en Puerto Rico Legalmente: Una Guía

El iPhone

Gracias a comentarios en Internet, posts como el de Ricardo Alfaro, y foros como 787ifone.com y Tecnético, me enteré que es posible (y muy fácil) activar el iPhone de manera legal en Puerto Rico. Como muchos saben, hasta el momento Apple y su socio celular AT&T han decidido no vender en iPhone en la isla, y por eso muchas personas han recurrido a “hacks” que permiten utilizar este teléfono acá, ya sea con AT&T o con otros proveedores de telefonía celular. El problema de estos hacks es que pueden causar problemas cuando Apple lanza actualizaciones al software de la unidad. Al menos en mi caso, preferí esperar a que apareciera una manera legal de utilizar el teléfono aquí en la isla, y finalmente ocurrió.

Así que aquí les presento una breve de guía de cómo activar el iPhone legalmente en Puerto Rico, con un número de teléfono 787. Los pasos, en pocas palabras, son los siguientes:

  1. Activar una cuenta de individuo con AT&T. Esto puede ser una cuenta nueva o una cuenta ya existente, pero tiene que ser una cuenta individual y debe tener un plan nacional de llamadas.
  2. Mandar a pedir el iPhone por correo. Puede pedirle a un familiar o amigo que lo compre en Estados Unidos y se lo envíe, o lo puede pedir por Ebay.
  3. Activar el iPhone. Esto requiere conectar el iPhone en tu computadora y seguir las instrucciones que te da iTunes para activar la unidad con tu cuenta existente de AT&T.

A continuación explico el proceso en detalle.

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La Controversia de la 99: Mirando Más Allá

[Nota: Este artículo expande un comentario que hice en un post anterior relacionado a la resolución 99.]

Licencia de Matrimonio

En un artículo anterior titulado Un Razonamiento Liberal ante la 99 intenté explicar las razones filosóficas por las cuales las personas de corte liberal nos oponemos a la resolución 99, que pretende elevar el matrimonio entre un hombre y una mujer (y sólo este tipo de matrimonio) a nivel constitucional. En pocas palabras, entendemos que el gobierno no tiene razón para crear leyes donde no hay víctimas directas. Esto parte del pensar que el gobierno no debe ser el guardián de la moral cuando un comportamiento supuestamente inmoral no le está agrediendo directamente los derechos a otra persona o grupo.

Recientemente apareció un articulo en el New York Times titulado Taking Marriage Private que va muy a tono con esta controversia. El artículo explica la realidad histórica del matrimonio:

¿Por qué la gente - homosexual o heterosexual - necesita el permiso del estado para casarse? Durante la mayor parte de la historia occidental no era necesario, porque el matrimonio era un contrato privado entre dos familias. El acuerdo entre los padres, no la aprobación de la iglesia o el estado, era lo que confirmaba su validez.

Por 16 siglos, el Cristianismo también definía la validez de un matrimonio basándose en los deseos de la pareja. Si dos personas declaraban que habían intercambiado votos matrimoniales - aun a solas en la granja - la Iglesia Católica aceptaba la validez.

El artículo sigue explicando la historia del matrimonio. Poco a poco en los siglos pasados fue que el matrimonio se fue convirtiendo en una cuestión sancionada por el estado. En algunos casos se utilizó como una cuestión de clara ingeniería social, por ejemplo, la prohibición de matrimonios entre personas de diferentes razas. Con el tiempo los sistemas judiciales fueron eliminando estas restricciones, pero entonces el matrimonio comenzó a utilizarse como una manera de determinar la distribución de recursos a dependientes, en áreas como seguro social, seguros médicos, herencias, y otros. Era una manera práctica y conveniente de definir una unidad familiar para este tipo de transacciones.

De esto podemos ver que el error de aquellos que apoyan que el gobierno haga una definición estricta del matrimonio (como una forma de proteger el concepto moral de la familia) es que están inyectándole intenciones morales a leyes que existen puramente para propósitos administrativos. Esto recuerda el debate que existe en Estados Unidos acerca de la separación de iglesia y estado, donde una cantidad de fundamentalistas alega que no existe tal cosa, y que esa nunca fue la intención de la primera enmienda de la constitución. Presumamos por un momento que tal separación nunca fue la intención original de los redactores. ¿Y qué? ¿Acaso la separación de iglesia y estado no es una buena idea, independientemente de lo que pensaran los padres fundadores? Claro que sí. De la misma forma, es posible que las leyes que hoy dictan lo que es un matrimonio válido fueran creadas originalmente con propósitos moralistas, pero hoy en día son una cuestión puramente administrativa, y ese debe ser su único alcance.

Por otro lado, estas definiciones tradicionales del matrimonio fueron útiles para una sociedad donde “prácticamente todos los adultos estaban casados” y “era muy raro el concubinato y la paternidad/maternidad soltera por elección”. Sin embargo, esto ha cambiado. En Estados Unidos:

La mitad de todos los Americanos entre las edades de 25 a 29 no están casados, y muchos de ellos ya han incurrido en obligaciones de pareja, de paternidad, o ambas. Casi 40 por ciento de los niños nace de padres que no están casados. A la misma vez, muchas personas casadas están en segundos o terceros matrimonios, y sus obligaciones se distribuyen entre varios hogares.

Utilizar la existencia de una licencia matrimonial para determinar cuándo el estado debe proteger las relaciones interpersonales se está volviendo cada vez más impráctico…

Presumo que en Puerto Rico la situación es igual o muy similar.

El artículo propone algo que a mí me hace completo sentido: eliminar el matrimonio como una institución del estado, y volver a la forma que funcionó por gran parte de la historia: contratos privados. El concepto del matrimonio entonces se separa completamente del aparato gubernamental y se convierte en un asunto del dominio exclusivo de la religión, la que sea. Vamos a repetirlo: bajo este sistema, el gobierno no conocería un concepto llamado “matrimonio”; sólo conoce de contratos legales, y está preparado para mediar disputas de incumplimiento de estos contratos.

Claro, este sistema presentaría una serie de posibles problemas: ¿Cómo trabajaríamos entonces con asuntos como seguro social, seguros médicos, herencias, impuestos, custodia, etc.? En efecto, éstos serían cambios grandes que el gobierno tendría que realizar para ajustarse a un sistema donde no existen licencias matrimoniales. Por otro lado, estos asuntos son de tipo administrativo, no filosóficos, y ya el gobierno por mucho tiempo ha trabajado con estos issues con personas que no poseen una licencia matrimonial. Además, la dificultad de implantar un sistema no debería ser excusa para no hacer las cosas como se deben hacer.

Así que como vemos, toda esta controversia de la 99 ni siquiera toca el asunto medular: que no hay razón filosófica para que el gobierno deba tener un concepto de lo que es el matrimonio, ni siquiera heterosexual. Mientras se debate la controversia de la 99, nos reafirmamos en la oposición a la medida, pero a la misma vez teniendo en cuenta que hay un issue aun más profundo que debemos atender.

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